El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Corrientes aprobó una serie de reformas normativas destinadas a actualizar y fortalecer el proceso de selección de magistrados y miembros del Ministerio Público. Las modificaciones fueron formalizadas a través de las resoluciones N° 150 y N° 151 del año 2025 y buscan aportar mayor claridad, transparencia y previsibilidad a los concursos.
Mediante la Resolución N° 150, el organismo aprobó un nuevo Régimen de Evaluación de Antecedentes, que ordena y sistematiza los criterios aplicables a esa etapa clave del proceso de selección. La reforma incorpora pautas objetivas para la valoración de antecedentes profesionales y académicos, establece categorías claras de evaluación, precisa los mecanismos de acreditación y define reglas de revisión. Con estos cambios, el Consejo reafirma los principios de igualdad y transparencia en la tramitación de los concursos.
En tanto, a través de la Resolución N° 151, se introdujeron modificaciones al Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura, con el objetivo de adecuarlo al marco normativo vigente y a la experiencia institucional acumulada. Entre los principales cambios se destacan la actualización de las normas sobre inhibiciones y recusaciones de consejeros y jurados, la ampliación de las causales de rechazo de inscripción a concursos y la adecuación del contenido de la declaración jurada exigida a los postulantes.
Además, se incorporó el deber de informar impedimentos legales o circunstancias sobrevinientes que puedan afectar la idoneidad del aspirante durante el desarrollo del concurso, reforzando los controles a lo largo de todo el proceso de selección.
Desde el organismo señalaron que las reformas apuntan a fortalecer la seguridad jurídica, modernizar la reglamentación interna y consolidar un sistema de selección orientado a garantizar la idoneidad, la ética y la transparencia, en resguardo del adecuado funcionamiento del Poder Judicial y del interés general de la sociedad.
Las nuevas disposiciones serán aplicables a los concursos que se convoquen con posterioridad a su publicación en el Boletín Oficial, conforme lo establecen las resoluciones aprobadas.
