El Decreto 1203/2026 establece una convocatoria del 1 al 30 de noviembre, con posibilidad de prórroga. El régimen contempla compensaciones de hasta 20 salarios, según la edad, los aportes jubilatorios y la antigüedad, y prohíbe reingresar al Sector Público Nacional durante ocho años.
El Gobierno nacional oficializó un nuevo régimen de retiro voluntario destinado a trabajadores de la Administración Pública Nacional centralizada. La medida quedó establecida mediante el Decreto 1203/2026, publicado en el Boletín Oficial, y apunta a empleados que cumplan determinadas condiciones laborales y previsionales.
Según informó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, unos 20.000 trabajadores estarían en condiciones de adherirse al programa. La inscripción se habilitará entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026, aunque el plazo podrá extenderse una única vez por hasta 30 días.
El plan establece distintas modalidades de compensación económica y contempla restricciones para quienes decidan dejar sus puestos.
Quiénes pueden acceder al retiro voluntario
El régimen está dirigido a trabajadores de planta permanente y empleados con contratos por tiempo indeterminado comprendidos en la normativa correspondiente. La convocatoria alcanza a determinadas jurisdicciones de la Administración Pública Nacional centralizada.
Quedan excluidos los organismos descentralizados, entre ellos la ANSES, que cuenta con un régimen propio. Tampoco podrán incorporarse empleados con contratos transitorios ni quienes estén vinculados bajo contratos del artículo 9 de la Ley Marco.
La convocatoria también excluye al personal de las Fuerzas Armadas y de seguridad, la Secretaría de Inteligencia de Estado, el Servicio Exterior y otros sectores expresamente contemplados en la normativa. El Servicio Nacional de Manejo del Fuego figura entre las áreas excluidas, según la información difundida sobre el régimen.
Cuánto pueden cobrar los empleados que adhieran
El monto de la compensación dependerá de la edad de cada trabajador, sus aportes jubilatorios y los años de antigüedad. El decreto establece tres grupos con condiciones diferenciadas.
Grupo 1: trabajadores próximos a la edad jubilatoria sin aportes suficientes
Incluye a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no reúnan los aportes necesarios para jubilarse.
Podrán optar entre una gratificación de pago único o un esquema de cobro equivalente al 60% del salario bruto mensual durante un período de hasta 36 meses.
Grupo 2: empleados con edad avanzada y aportes completos
Comprende a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 que cuenten con al menos 30 años de aportes.
La compensación prevista equivale a un salario por cada año de antigüedad, con los topes establecidos por el decreto, más cinco remuneraciones adicionales.
Grupo 3: trabajadores de menor edad
Abarca a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62.
En este caso, la compensación contempla un salario por cada año de antigüedad, con un máximo de 20 remuneraciones, más un adicional de cuatro o cinco salarios según el empleado tenga menos de 15 años de servicio o alcance esa antigüedad.
Las condiciones y restricciones para adherirse
La adhesión no estará habilitada para todos los empleados que reúnan los requisitos de edad y contratación. La normativa establece una serie de impedimentos vinculados con la situación administrativa y judicial de cada trabajador.
Entre las restricciones se encuentran los agentes procesados por delitos contra la administración pública, salvo que obtengan una absolución firme antes del cierre de la inscripción, y quienes afronten sumarios administrativos que puedan derivar en cesantía, exoneración o responsabilidad por perjuicio fiscal.
También deberán desistir formalmente de los reclamos laborales contra el Estado quienes mantengan demandas judiciales o trámites administrativos relacionados con su vínculo de empleo.
Quedarán fuera, además, los trabajadores en situación de disponibilidad, quienes tengan una renuncia pendiente de aceptación y quienes se encuentren en el cuarto año de licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento.
Prohibición de reingreso durante ocho años
Uno de los puntos centrales del programa es la restricción para volver a trabajar en el Estado nacional. Quienes acepten el retiro voluntario no podrán ser contratados nuevamente en el Sector Público Nacional durante ocho años.
La medida busca evitar que los empleados que reciban la compensación regresen a la administración pública durante ese período.
Además, la adhesión implica el cese de la relación laboral y la eliminación del cargo presupuestario correspondiente.
Las autoridades podrán rechazar las solicitudes
La presentación de una solicitud no garantiza que el retiro sea aprobado. Las autoridades de cada jurisdicción podrán rechazarla cuando consideren que la salida del trabajador puede afectar la prestación de los servicios.
El decreto establece un plazo de 40 días corridos desde el cierre de la inscripción para resolver las solicitudes. Si no existe una aceptación expresa dentro de ese período, el pedido se considerará rechazado.
Con este nuevo esquema, el Gobierno habilita una alternativa de desvinculación para determinados empleados de la administración centralizada, con compensaciones diferenciadas y condiciones que limitan la posibilidad de regresar al Estado nacional.



