La Municipalidad de Paso de la Patria informó que dejó sin efecto el régimen de alcoholemia cero y estableció nuevos límites permitidos de alcohol en sangre para la conducción de vehículos, a través de la Ordenanza N° 637/2025.
La norma deroga la Ordenanza 377/18 y, según explicaron desde el Ejecutivo local, busca equilibrar la seguridad vial con la actividad turística y comercial de la villa turística, uno de los principales destinos estivales de Corrientes.
De acuerdo a lo dispuesto, los nuevos valores máximos permitidos quedaron definidos de la siguiente manera:
- Hasta 0,5 gramos por litro para conductores de vehículos particulares.
- Hasta 0,2 g/l para motociclistas.
- Tolerancia cero (0,0 g/l) para conductores profesionales, condición que se mantiene sin modificaciones.
Controles y advertencias
Desde el Municipio señalaron que se pondrá en marcha un esquema de controles de alcoholemia rotativos, que se realizarán en distintos puntos estratégicos de la localidad y en horarios aleatorios.
En ese marco, instaron a conductores y turistas a circular con responsabilidad y a respetar las normas vigentes para garantizar una convivencia segura durante la temporada. “El respeto a las reglas es fundamental para que todos puedan disfrutar de Paso de la Patria de manera segura”, indicaron en un comunicado oficial.
Cambios en horarios de consumo
La ordenanza también establece que en los locales cuya actividad principal o secundaria sea la venta de alimentos y bebidas, la permanencia de clientes y el consumo dentro del local o en espacios externos estará permitido únicamente hasta las 2 de la madrugada.
Una vez superado ese horario, los comercios podrán continuar abiertos, pero sin permitir el consumo en el lugar. El incumplimiento de esta disposición podrá derivar en sanciones y clausuras, de acuerdo con lo previsto en el Código de Faltas vigente.
Prohibiciones que se mantienen
Desde la Municipalidad recordaron que sigue vigente la prohibición absoluta de venta de alcohol a menores de 18 años. Los comercios deberán exhibir cartelería obligatoria y exigir el DNI para verificar la edad de los compradores.
Asimismo, se advirtió que la falta de habilitación municipal o el incumplimiento de las normas establecidas será sancionado conforme a la legislación local.
