La jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3, declaró inconstitucional los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, que reglamentaba el derecho a huelga en múltiples actividades, tras un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT). Este fallo se suma a resoluciones previas de Fullana contra el Gobierno de Javier Milei, incluyendo la suspensión de un decreto que eliminaba el Día del Trabajador del Estado y otro amparo de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) sobre el mismo DNU.
Contexto del fallo
El DNU 340/2025, firmado el 21 de mayo de 2025, ampliaba la lista de “servicios esenciales” (como transporte, salud y educación) y establecía servicios mínimos obligatorios del 75% durante huelgas, además de definir “actividades de importancia trascendental” con un mínimo del 50%. La CGT argumentó que el decreto violaba el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, y otros tratados internacionales, al restringir la libertad sindical y el derecho a huelga. También señaló que el Ejecutivo se extralimitó al legislar por decreto mientras el Congreso estaba en sesiones ordinarias, contraviniendo el artículo 99 inciso 3 de la Constitución.
Fullana fundamentó su decisión en dos puntos clave:
- Falta de necesidad y urgencia: El Congreso estaba en pleno funcionamiento en mayo de 2025, lo que deslegitima el uso de un DNU. La jueza citó jurisprudencia de la Corte Suprema que exige circunstancias excepcionales para justificar decretos legislativos, las cuales no se acreditaron. La justificación del Gobierno, basada en la crisis de la marina mercante, fue considerada insuficiente, ya que el DNU no solo incluía a este sector, sino que sustituía el artículo 24 de la Ley 25.877, afectando más de 60 actividades.
- Peligro en la demora: La norma podía “conculcar” el derecho a huelga, protegido por la Constitución y tratados internacionales, afectando derechos colectivos de los trabajadores representados por la CGT.
La jueza rechazó los argumentos del Estado, que defendía el DNU como una incorporación de la marina mercante a normas previas (DNU 70/2023) y alegaba que la “necesidad y urgencia” era una cuestión política no revisable. Fullana sostuvo que el Ejecutivo usurpó funciones legislativas y que la medida no cumplía con los requisitos constitucionales.
Reacciones y antecedentes
La CGT celebró el fallo como una defensa de la libertad sindical y los derechos laborales. “Este DNU atentaba contra pilares de la democracia”, afirmó un vocero de la central. Por su parte, el vocero presidencial Manuel Adorni criticó a Fullana, calificándola de “jueza militante” y acusándola de proteger “privilegios sindicales”. Adorni había hecho comentarios similares tras el fallo de Fullana sobre el Día del Trabajador del Estado, afirmando que la cautelar solo aplicaba a ATE.
Este es el tercer revés judicial de Fullana contra el Gobierno de Milei. En mayo, suspendió cautelarmente los artículos 2 y 3 del DNU 340/2025 tras amparos de la CGT y ATE, y luego frenó la eliminación del asueto del 27 de junio para empleados públicos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la suspensión del DNU el 9 de junio, rechazando una apelación del Ejecutivo.
Contexto político y perspectivas
El fallo consolida una serie de derrotas judiciales para el Gobierno, que podría apelar ante la Corte Suprema, donde aún está pendiente una resolución sobre el DNU 70/2023, cuya sección laboral también fue declarada inconstitucional. La CGT y otros gremios, como FESPROSA y las CTA, han obtenido medidas similares, reforzando la protección del derecho a huelga.
El DNU 340/2025 generó controversia por incluir sectores como la industria alimenticia, bancos y minería como “esenciales” o “trascendentales”, lo que, según los sindicatos, dificultaba el ejercicio legítimo de la huelga. La resolución de Fullana, que impone las costas al Estado Nacional, representa un límite a los intentos del Ejecutivo de reformar por decreto derechos laborales, en un contexto de tensiones con los gobernadores y el déficit de cuenta corriente.
El Gobierno aún no ha emitido un comunicado oficial, pero fuentes de Casa Rosada no descartan una apelación. La decisión final sobre la inconstitucionalidad del DNU dependerá de un fallo definitivo, mientras la suspensión provisional protege los derechos sindicales.
